¿Sueñas con empezar de cero?
Tramita con nosotros el perdón de todas tus deudas a través de la ley de Segunda Oportunidad. Como expertos en esta ley, hemos realizado mas de 3000 cancelaciones de deuda con éxito por todo el país.
No lo dudes y contacta con nosotros.
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Deuda cancelada
Éxito en el
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Derecho concursal
Ley de Segunda Oportunidad
Esta Ley de 2015 que es pionera en España, permite que la persona física que se ha endeudado pueda volver a rehacer su vida a nivel económico y financiero. Su objetivo es que a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, esa persona tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer.
Nuestra especialización plena en la ley de Segunda Oportunidad nos permite ofrecerte un asesoramiento de calidad. Atendemos con éxito casos de personas físicas (empresarios, asalariados, parados, jubilados, etc.), que han contraído deudas bancarias, deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, etc.
Derecho concursal
Requisitos
No haber sido condenado en los últimos 10 años con sentencia firme por delitos socioeconómicos (estafa, apropiación indebida, hurto, robo, etc.).
No haber sido sancionado en los últimos 10 años por resolución administrativa firme muy grave.
No haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores.
No haber incumplido deberes de colaboración o información.
No estar en concurso de acreedores.
No estar negociando un acuerdo extrajudicial de pagos o refinanciación.
No haber sido condenado en los últimos 10 años con sentencia firme por delitos socioeconómicos (estafa, apropiación indebida, hurto, robo, etc.).
No haber sido sancionado en los últimos 10 años por resolución administrativa firme muy grave.
No haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores.
No haber incumplido deberes de colaboración o información.
No estar en concurso de acreedores.
No estar negociando un acuerdo extrajudicial de pagos o refinanciación.
REVIEWS
Lo que opinan nuestros clientes
NORBERT SCHUELER3. Mayo, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy recomendable !! He recibido un trato muy profesional y agradable. Mi asunto fue resuelto con plena satisfaccion y me dado nuevas perspectivas a mi vida personal y profesional. Gracias Angela Maria Alvarez Varela9. Abril, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muchisimas Graciassss x todo..sois los mejores, profesionales al 100x100 sin lugar a dudas los recomiendo..para cualquier cosa no dudaré en contactar otra vez con vosotros ..súper amables y muy atentos en todo ..de verdad Muchísimas Graciassss😊 Jose M. Arjona9. Abril, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buenos profesionales, confiables 100% Estáis en buenas manos ALBERTO ALVAREZ8. Abril, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena actuación de Libertad sin deudas, en mi tik tok colgaré un vídeo. Desi B3. Abril, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Vengo de una mala experiencia de una empresa para que me ayudara a solucionar el problema con mis deudas. Como comprenderéis ya no me fiaba de nadie, pero, me aconsejaron la empresa Sugrañes & Rodriguez Abogados, S.L.P. Puedo aseguraros que desde el primer día se me abrió el cielo. Es una empresa seria con personal cualificado, desde el primer momento se pusieron a mi entera disposición y en poco tiempo mis problemas estaban solucionados. Solo puedo deciros que el trato con el personal de dicha empresa ha sido excepcional y puedo calificarlos sensibles, atentos, amables y muy trabajadores. Mi más sincero agradecimiento. Emilio Gallardo3. Abril, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Un buen servicio de abogados que tras su gran trabajo ha conseguido que mi familia y yo tengamos una tranquilidad y una segunda oportunidad. Muy agradecido por su responsabilidad y constancia. MARIO ALBERTO MIRANDA31. Marzo, 2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Hola mi nombre es Mario, gracias al Equipo de SyR he podido salir de todas mis deudas, privadas como publicas, estoy muy agradecido en especial a Santiago y a Evelyn con quien siempre tuve contacto, por la asesoría, los recomiendo sin duda alguna, relación precio el mejor, asesoría sin duda excelente.
metodología
Fases del procedimiento
Cada caso es diferente y tiene sus peculiaridades pero todos ellos tienen una estructura similar.
Presentamos el procedimiento en el juzgado
El juzgado dicta un auto
Tramitación del perdón de las deudas
Perdón de las deudas se hace efectivo
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faqs
Preguntas frecuentes
Descubre Todo lo que Necesitas Saber Sobre la Segunda Oportunidad . En S&R Legal, entendemos que enfrentar deudas puede ser una situación abrumadora. Por eso, hemos preparado esta guía rápida con respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el procedimiento de Segunda Oportunidad. Nuestro objetivo es ayudarte a comprender tus derechos y el proceso, para que puedas tomar decisiones informadas y recuperar tu tranquilidad financiera.
Me ha llegado una carta / SMS / correo electrónico diciendo que me van a embargar.
¿Lo pueden hacer?
No, no pueden embargarte sin un procedimiento judicial que te dé la oportunidad de defenderte. Aunque es común recibir reclamaciones de deudas a través de diferentes medios, el embargo automático solo es posible si se trata de una deuda pública con Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos o Diputaciones.
¿Qué sucede cuando termina el procedimiento y me han perdonado las deudas?
Al finalizar el procedimiento y recibir el perdón de las deudas, tus obligaciones privadas quedarán extinguidas. Es esencial seguir pagando las cuotas acordadas con nuestro despacho y los costos del procurador. A partir de la resolución, estarás protegido contra futuras reclamaciones de esas deudas.
¿Los bancos reciben notificación del procedimiento o del perdón de las deudas?
No directamente. La información se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Registro Público Concursal (RPC). Si lo deseas, puedes informar a tu banco, pero no te sorprendas si no conocen el proceso de Segunda Oportunidad, ya que no tienen mucha formación al respecto.
He terminado el procedimiento. ¿Puedo cerrar mis cuentas bancarias en negativo?
Sí, puedes cerrar tus cuentas, aunque los bancos pueden intentar impedirlo. Sin embargo, con el perdón de las deudas, los bancos eventualmente cerrarán tus cuentas en negativo y no podrán reclamarte nada.
Me han perdonado las deudas, pero mi resolución judicial no tiene un listado de deudas. ¿Es normal?
Sí, es normal. En el procedimiento de Segunda Oportunidad, todas las deudas privadas se perdonan sin excepción ni límite, aunque no aparezcan listadas en la resolución. Las deudas públicas se perdonan con ciertas limitaciones específicas.
¿Qué es un Auto? ¿Es una Sentencia?
El Auto es una resolución judicial similar a una Sentencia y es el documento que en la mayoría de los casos perdona tus deudas y te protege. En el 99% de los procedimientos de Segunda Oportunidad, el proceso se cierra con un Auto.
¿Qué deudas me van a perdonar?
Se perdonan todas las deudas privadas sin excepción ni límite. Para las deudas públicas, hay límites específicos: hasta 10.000 euros con Hacienda Española y 10.000 euros con Seguridad Social. No se perdonan deudas de ayuntamientos, diputaciones, multas administrativas graves, ni pensiones de alimentos, entre otras.
¿Qué costes tiene este procedimiento?
El procedimiento incluye costos de abogado y procurador. El procurador tiene un costo aproximado de 363 euros. En algunos casos excepcionales, puede haber costos adicionales si se necesita un Administrador Concursal.
¿Puedo salir de Asnef durante el procedimiento?
No es posible ni recomendable endeudarse o intentar salir de Asnef durante el procedimiento. Debes esperar a la resolución para poder salir de Asnef o considerar nuevas deudas.
¿Cuánto dura este procedimiento?
Normalmente, dura unos 12 meses desde la firma del contrato. Sin embargo, la duración puede variar dependiendo del juzgado y sus funcionarios.
Me llaman a todas horas desde muchos teléfonos. ¿Qué hago?
Debes bloquear los números de teléfono que te llaman. Si hablas con ellos, puedes informarles que estás en un procedimiento de Segunda Oportunidad. Cambiar de número no es recomendable, ya que podrían encontrar tu nuevo contacto.
¿Qué hago si me han bloqueado la cuenta bancaria?
A veces, los bancos bloquean cuentas por error durante el procedimiento. En caso de que esto ocurra, contáctanos de inmediato. Es una urgencia real, pero tiene solución. Envíale a tu banco y gestor bancario el Auto de concurso para desbloquear tu cuenta.